Los feriados nacionales están protegidos por la Ley de Contrato de Trabajo.
Si un trabajador presta tareas en un feriado, no se trata de un día común: la ley reconoce que ese tiempo tiene un valor especial y debe pagarse como tal.
El sector funerario está reconocido como servicio esencial y estratégico. Eso significa que el servicio no puede interrumpirse, ni siquiera en feriados nacionales.
👉 si trabajás un feriado, te corresponde cobrar el doble.
No es un plus, no es un acuerdo interno: es ley y es derecho sindical.
El feriado trabajado se paga al 100%, es decir: tu jornal normal + otro jornal igual.
En términos simples: si trabajás un feriado, cobrás el doble.
🔹 ¿Incluye adicionales?
Sí. El cálculo se hace sobre tu salario habitual, incluyendo:
✔ antigüedad
✔ presentismo
✔ adicionales de convenio
✔ adicionales por zona
✔ cualquier otro concepto remunerativo habitual
Muchos trabajadores creen que el feriado trabajado se paga “doble sobre el sueldo mensual”, pero eso es incorrecto.
✔️ Lo correcto es:
El feriado trabajado se paga como una jornada doble, no como un sueldo doble.
El recargo del 100% se aplica sobre el día trabajado, no sobre el total del mes.
Las horas extras solo se generan cuando se superan las 176 horas mensuales.
Recién ahí corresponde:
50% para horas extras comunes
100% para horas extras en feriados o domingos
Porque si se pagara “doble sobre el sueldo mensual”, entonces el feriado trabajado se transformaría en un triple pago, lo cual no existe en la ley.
👉 Conclusión:
El feriado trabajado se paga doble.
Las horas extras recién se pagan cuando superás las 176 horas mensuales.
El feriado se paga igual, como día normal, aunque no trabajes.
No puede descontarse ni compensarse.
No puede reemplazarse por otro día.
No puede pagarse como “hora común”
La Ley de Contrato de Trabajo establece que:
El feriado no trabajado se paga como día normal.
El feriado trabajado se paga al 100%.
No puede compensarse con francos.
No puede liquidarse sin recargo.
Debe figurar en el recibo porque impacta en el aguinaldo.
El reclamo siempre debe ser por escrito.
Eso deja constancia, demuestra el incumplimiento y permite exigir el retroactivo sin discusión.
Presentá un reclamo escrito (nota firmada o correo electrónico).
Guardá copia del envío, del recibo y de las horas trabajadas.
Acercate a tu delegado/a para acompañar el reclamo.
Si no tenés delegado en tu lugar de trabajo, comunicate directamente con el sindicato para que intervenga.
En el sector funerario, cada derecho se sostiene con organización, información y presencia sindical. Desde SOECRA seguimos actualizando materiales, acompañando reclamos y fortaleciendo la formación de cada trabajador y trabajadora del país. Nuestro compromiso es claro: ningún derecho sin ejercer, ningún incumplimiento sin respuesta.
Secretario General
Fabián García
Conducción Nacional – SOECRA
Secretario Adjunto
Salvador Valente
Asesoramiento técnico y normativo en esta publicación
Secretaría de Prensa y Difusión
Esteban Filossera
Producción, edición y comunicación institucional