Somos personal esencial y estratégico: si convocan, debemos cumplir, pero siempre con el pago correspondiente al 100%. Recordamos que el banco de horas solo es válido si la trabajadora o el trabajador firma la adhesión y también lo firma el sindicato. Recomendamos no firmar nada sin consultar previamente.
El día debe liquidarse como feriado trabajado, lo que implica el pago del 100% adicional sobre el valor normal de la jornada.
No existe compensación, cambio de día ni reemplazo por horas futuras.
En caso de convocatoria, las trabajadoras y trabajadores deben cumplir con sus tareas.
Pero esa obligación no elimina el derecho al pago del 100% extra.
Es importante remarcarlo: es feriado, y el feriado trabajado se paga doble.
Ninguna empresa puede:
x cambiarlo por otro día,
x compensarlo con horas,
x descontarlo,
x o transformarlo en día normal.
El feriado tiene un tratamiento legal específico que no puede modificarse.
La reforma laboral habilita el banco de horas, pero no puede aplicarse de manera unilateral.
Para que sea válido, deben cumplirse dos condiciones:
La trabajadora o el trabajador debe firmar la adhesión.
El sindicato también debe firmar.
Si falta una de esas firmas, el banco de horas no existe y no puede usarse para compensar feriados ni horas trabajadas.
Recomendamos a todas las trabajadoras y trabajadores no firmar ningún documento sin antes consultar con sus delegadas, delegados o directamente con el sindicato.
Firmar sin asesoramiento puede habilitar prácticas que afecten derechos adquiridos.
Ante cualquier duda, irregularidad o presión empresarial, estamos disponibles para acompañar y orientar.
Seguimos trabajando.
19 de marzo de 2026
Secretaría Gremial – Secretaría de Prensa y Difusión